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San Sebastian Hyundai
Carr #111 Km. 16.5, San Sebastián, PR
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Forever Hyundai San Sebastián

Una Garantía De Por Vida 

  ¿Sabías que Hyundai San Sebastián te ofrece garantía de por vida para tu auto nuevo? 
La garantía protege 3 partes importantes de tu auto para brindarte la tranquilidad que necesitas.   Estos son los siguientes: 


Te ofrece 10 años de asistencia en la carretera con un sin número de servicios de los cuales no tendrás que pagar nada.    

Además, con la compra de tu auto nuevo recibes los beneficios de convertirte en miembro de Hyundai San Sebastián Club. 

Los beneficios de ser miembro son los siguientes:

Garantía de por vida del auto mientras este se encuentre en la carretera y usted (quien compró el auto) todavía le pertenezca.    BASES LEGALES “Hyundai San Sebastián Club” *4to cambio de aceite regular y filtro gratis válido por 3 años o 36 mil millas, si es aceite sintético requiere un costo adicional.  “Forever Hyundai San Sebastián” Esta Garantía Limitada comienza en la FECHA DE COMPRA DEL VEHICULO y desde el millaje del odómetro al momento de la compra. Esta Garantía Limitada cesara cuando deje de ser el propietario del vehículo. COBERTURA
Durante el período de vigencia de esta GARANTÍA, NOSOTROS pagaremos el COSTO de toda FALLA MECÁNICA CUBIERTA de los elementos enumerados en COMPONENTES CUBIERTOS (1 al 4) menos SU DEDUCIBLE cuando se autoriza la reclamación por adelantado. Esta GARANTÍA limitada está disponible únicamente para USTED en el VEHÍCULO indicado anteriormente y no es transferible a un propietario posterior.
COMPONENTES CUBIERTOS
  1. MOTOR: Todas las partes lubricadas internamente, incluyendo pistones, pernos y aros, bielas y cojinetes, cigüeñal y cojinetes principales, árbol de levas, seguidores y cojinetes de levas, varillas de empuje, válvulas, resortes, guías, asientos y elevadores, balancines, ejes y bujes, engranajes de distribución, tensores y retenedores, eje excéntrico y bomba de aceite. Cabezal/es del motor y bloque del motor si están dañados por el fallo de una pieza lubricada internamente. También están cubiertos los siguientes elementos: bomba de agua, termostato, cárter de aceite, unidad de envío de aceite, colectores de admisión y de escape, soportes y amortiguadores del motor, puntal del par motor, tapa de distribución, tapa/s de válvulas, balanceador armónico, volante (placa flexible) y corona dentada, bomba de vacío, varilla del aceite y conducto, todas las poleas/tensores, todas las partes lubricadas internamente del turbocompresor/sobrealimentador, incluyendo paletas de descarga, ejes y cojinetes, sellos y juntas. La carcasa del turbocompresor/sobrealimentador está cubierta solo si está dañada por el fallo de una pieza lubricada internamente. MOTORES ROTATIVOS: Cámara del rotor, cojinete del eje principal, rotor y todas las piezas lubricadas internamente, sellos y juntas.
  2. TRANSMISIÓN (manual o automática): Caja de transmisión, caja de transferencia, convertidor de par, todas las partes internamente lubricadas contenidas dentro de las cajas, tubo de llenado y varilla de nivel, modulador de vacío, montajes de transmisión, líneas de refrigeración de transmisión, sellos y juntas.
  3. EJE DE TRANSMISIÓN (trasero y delantero): Carcasa del diferencial, carcasa del transeje, carcasa de la transmisión final, todas las partes lubricadas internamente de lo anterior, semiejes, junta cardan, juntas homocinéticas, ejes de transmisión, cubos de bloqueo, rodamientos de ruedas, anillos de bloqueo, soportes, retenedores y cojinetes, sellos y juntas.
  4. IMPUESTOS Y LÍQUIDOS: Impuestos locales y estatales asociados y líquidos necesarios para completar las reparaciones autorizadas donde corresponda.
Formulario #BAS_PWS_LIFETIME_LWAAO_w/RS Página 1 de 4 REV. 6/26/17 I. BENEFICIOS ADICIONALES ASISTENCIA VIAL DE EMERGENCIA: La asistencia vial de emergencia está disponible en todo Puerto Rico las 24 horas del día y todos los días del año. SU cobertura comienza en la FECHA DE ENTRADA EN VIGOR que se indica en esta GARANTÍA y terminará a los diez (10) años a partir de la FECHA DE COMPRA DEL VEHÍCULO. USTED solo tendrá que pagar los gastos no cubiertos de asistencia vial o los costos cubiertos que excedan su máximo por incidente de $ 100. El servicio debe ser un beneficio cubierto por las condiciones de esta GARANTÍA y está disponible solamente para el VEHÍCULO. Todos los beneficios de la asistencia vial son proporcionados por Connect Road Assist, LLC. En este ACUERDO DE GARANTÍA todas las entidades se denominarán “Connect Road Assist”. En caso de que el servicio no pueda obtenerse a través de Connect Road Assist, LLC, USTED recibirá un número de autorización para recibir un reembolso de los pagos realizados de acuerdo con los límites de cobertura y beneficios para servicios recibidos de forma independiente de SU programa. Primero deberá comunicarse con Connect Road Assist, LLC. para que lo autoricen a recibir servicios independientes. Todos los servicios proporcionados se describen en este documento y son aplicables en todo Puerto Rico. Simplemente llame a la línea GRATUITA 787-919-0368 y le enviarán un vehículo de auxilio. Importante: Esté con SU VEHÍCULO cuando llegue el prestador del servicio, ya que no se puede auxiliar un vehículo sin la presencia del dueño. NOTA: LA ASISTENCIA OBTENIDA A TRAVÉS DE ALGÚN OTRO PRESTADOR QUE NO SEA CONNECT ROAD ASSIST, LLC. NO ESTÁ CUBIERTA Y NO ES REEMBOLSABLE. Las siguientes son emergencias cubiertas supeditadas al límite de $ 100 por incidente. No se puede duplicar un servicio dentro de las 72 horas siguientes a la solicitud inicial:
  1. Remolque: Cuando SU VEHÍCULO necesite un remolque debido a una FALLA MECÁNICA, será remolcado hasta el CONCESIONARIO VENDEDOR o CONCESIONARIO AFILIADO si está dentro de las cuarenta (40) millas o hasta el centro de reparación calificado más cercano.
  2. Cambio de rueda: El servicio consiste en quitar la rueda averiada y reemplazarla con la de auxilio que tenga el VEHÍCULO.
  3. Suministro de combustible, aceite, líquidos y agua: Recibirá un suministro de emergencia de combustible, aceite, líquidos y agua si SU VEHÍCULO lo necesita de forma inmediata. USTED debe pagar por el combustible u otro líquido al momento de recibirlo.
  4. Apertura de puertas: Si SUS llaves quedaron atrapadas dentro del VEHÍCULO, recibirá asistencia para poder destrabar las puertas.
  5. Batería: Si falla la batería, recibirá ayuda para poner en marcha SU VEHÍCULO.
La asistencia vial de emergencia no incluye lo siguiente: Cobertura en casos de emergencias resultantes del uso de estupefacientes o del uso del VEHÍCULO para perpetrar un delito. Costo de piezas, llaves de reemplazo, fluidos, lubricantes, combustible, materiales, mano de obra adicional relacionada con el remolque o la instalación de productos. Remolques u otros servicios que no sean de emergencia. Montaje o desmontaje de ruedas o cadenas para nieve sin haber una emergencia. Quitar nieve alrededor de un vehículo. Reparación de ruedas. Extraer personas atrapadas en accidentes o mover vehículos con un cabestrante. Motocicletas, camiones de más de una tonelada y media de capacidad, vehículos antiguos (con más de 20 años de antigüedad o fuera de fabricación hace 10 años o más), taxis, limusinas u otros vehículos comerciales. Vehículos recreativos (RV), casas rodantes o cualquier vehículo en remolque. Impuestos o multas. Daño o incapacidad debido a choque, incendio, inundación o vandalismo. Remolque desde una estación de servicio, garaje o taller de reparaciones, o trabajos de reparación realizados en estos lugares. Remolque por otro que no sea una estación de servicio o garaje con licencia. Cobros de almacenamiento de vehículos. Un segundo remolque por la misma incapacidad. Servicio en un vehículo que no esté en una condición segura para ser remolcado o reparado, o que podría resultar dañado. Remolque o servicio en carreteras que no tengan un mantenimiento regular, tales como playas de arena, campos abiertos, bosques y áreas designadas como no transitables debido a la construcción, etc. Remolque según las indicaciones de un agente de policía por cuestiones relacionadas con la obstrucción de tráfico, confiscación, abandono, estacionamiento ilegal u otras violaciones de la ley. Pedidos reiterados de servicio para un VEHÍCULO que necesita mantenimiento o reparación rutinaria. Servicios recibidos de forma independiente sin recibir la autorización previa de Connect Road Assist, LLC. Solo se aceptará una incapacidad para el mismo tipo de servicio durante cualquier período de 72 horas. ESTO NO ES UN SERVICIO DE REEMBOLSO DE ASISTENCIA VIAL: El beneficio de asistencia vial de emergencia no tiene por objeto proporcionar un reembolso del servicio obtenido independientemente de este programa. Los honorarios por servicios incurridos de forma independiente NO están cubiertos. II. QUÉ HACER EN CASO DE NECESITAR REPARACIONES En el caso de una FALLA MECÁNICA, USTED debe llevar SU VEHÍCULO al CONCESIONARIO VENDEDOR o al CONCESIONARIO AFILIADO para recibir cualquier beneficio en virtud de esta GARANTÍA limitada. Si SU VEHÍCULO tiene una FALLA MECÁNICA a más de 40 millas del CONCESIONARIO VENDEDOR o del CONCESIONARIO AFILIADO, comuníquese sin cargo con nuestro departamento de reclamaciones al 787-300-2050. USTED debe proteger SU VEHÍCULO de daños adicionales. Si sigue utilizando SU VEHÍCULO y no lo protege de daños adicionales, no estará cubierto por esta GARANTÍA. ANTES DE COMENZAR CUALQUIER REPARACIÓN CUBIERTA POR ESTA GARANTÍA DEBEMOS DARLE LA AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE. III. CONDICIONES DEFINICIONES
  • CONCESIONARIO VENDEDOR, CONCESIONARIO: designa al CONCESIONARIO establecido al principio de esta GARANTÍA en donde usted compró el VEHÍCULO descrito.
  • NOSOTROS, NUESTRO/A, ADMINISTRADOR, DEUDOR DEL ADMINISTRADOR: designa a Premier Warranty Services, Corp., 701 Ponce De Leon Ave., Suite 307, San Juan, Puerto Rico 00907.
  • USTED, SU, COMPRADOR: designa a la persona o entidad individual establecida en la sección de información de esta GARANTÍA.
  • FALLA, FALLA MECÁNICA: designa la imposibilidad de una pieza original o de reemplazo cubierta por esta GARANTÍA de realizar la función para la que fue diseñada en un servicio normal con mantenimiento requerido debido a fallas de material o defectos de mano de obra y fuera de la tolerancia del fabricante. No significa la reducción gradual en el funcionamiento debido al desgaste y uso normales.
  • COSTO, COSTO DE REPARACIÓN: son los cargos usuales y razonables para las piezas y mano de obra necesarias para reparar partes cubiertas. El reemplazo de cualquier COMPONENTE CUBIERTO puede hacerse con un componente nuevo, remanufacturado, reconstruido o similar en tipo y calidad en el momento de la FALLA a discreción del ADMINISTRADOR. Las piezas serán reembolsadas hasta el precio sugerido por el fabricante. El tiempo de trabajo será reembolsado utilizando estándares de tiempo de trabajo reconocidos en todo el país.
  • COMPONENTE CUBIERTO: es una pieza o ensamblaje que es elegible para cobertura supeditada a las condiciones de esta GARANTÍA. Formulario #BAS_PWS_LIFETIME_LWAAO_w/RS Página 2 de 4 REV.7/31/17
 
  • DEDUCIBLE: es el monto que USTED debe pagar, por visita, por los COSTOS DE REPARACIÓN de una FALLA CUBIERTA, que son doscientos dólares ($ 200) de cualquier FALLA MECÁNICA cubierta.
  • FECHA DE ENTRADA EN VIGOR, FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE LA GARANTÍA: es la fecha en que comienza la cobertura de esta GARANTÍA, que será la FECHA DE COMPRA DEL VEHÍCULO.
  • FECHA DE COMPRA DEL VEHÍCULO: es la fecha en que USTED compró el VEHÍCULO al CONCESIONARIO VENDEDOR.
  • FALLA MECÁNICA, FALLA: es la incapacidad de un COMPONENTE CUBIERTO que ha recibido los servicios recomendados por el fabricante de realizar la función o funciones para las cuales fue diseñado debido a un defecto o fabricación defectuosa. Esto no incluye la disminución del rendimiento debido al desgaste normal, lo cual no está cubierto.
  • CONCESIONARIO AFILIADO: designa a un concesionario con titularidad compartida con el CONCESIONARIO VENDEDOR.
  • VEHICULO: designa a SU VEHÍCULO, el cual fue identificado en la sección de información de esta GARANTÍA.
  • VENCIMIENTO DE LA GARANTÍA: designa los límites de millaje o tiempo de esta GARANTÍA, lo que ocurra primero.
  • GARANTÍA, ACUERDO DE GARANTÍA: designa a este documento que transmite ciertos beneficios al comprador del VEHÍCULO mencionado en este documento. CONDICIONES DE GARANTÍA - SUS RESPONSABILIDADES EN CASO DE UNA FALLA MECÁNICA Si experimenta una falla, USTED acepta lo siguiente:
  • Utilizar todos los medios razonables para proteger SU VEHÍCULO de daños adicionales.
  • Llevar SU VEHÍCULO al CONCESIONARIO VENDEDOR o CONCESIONARIO AFILIADO para reparaciones de FALLAS MECÁNICAS cubiertas.
  • Otorgar a SU CONCESIONARIO VENDEDOR o CONCESIONARIO AFILIADO la autorización para realizar el trabajo de diagnóstico necesario y SU “autorización de desmontaje” para que puedan proporcionar un diagnóstico y una estimación precisa de las reparaciones al ADMINISTRADOR.
  • Proporcionar al ADMINISTRADOR la información que razonablemente requiera.
  • Quitar el VEHÍCULO de la carretera de forma segura y apagar el motor de inmediato cuando el indicador o luz de advertencia del aceite o la temperatura indiquen un problema.
  • Permitir que el ADMINISTRADOR examine SU VEHÍCULO si se lo pide.
  • Todas las reparaciones deben ser autorizadas por el ADMINISTRADOR antes de comenzar cualquier reparación cubierta por esta GARANTÍA. MANTENIMIENTO: SUS RESPONSABILIDADES EN CUANTO A REGISTROS Y RECIBOS: USTED debe realizar el mantenimiento recomendado por el fabricante como se describe en el Manual del propietario publicado por el fabricante del VEHÍCULO u otro manual similar que proporcione la misma información de servicio para la marca y modelo de SU VEHÍCULO. USTED debe conservar todos los recibos a partir de la fecha de compra de SU VEHÍCULO y nos debe proporcionar recibos verificables si se los solicitamos. Cada recibo debe identificarlo claramente a USTED, SU VEHÍCULO con el correspondiente número de identificación, la fecha de servicio, el millaje al momento del servicio, la descripción del servicio proporcionado y el nombre, dirección y número de teléfono del proveedor del servicio. No cumplir con estos requisitos tendrá como consecuencia la denegación de la cobertura. NUESTRAS RESPONSABILIDADES
    Con excepción del DEDUCIBLE de partes cubiertas, las exclusiones y el límite de responsabilidad, el ADMINISTRADOR se compromete a pagar el COSTO de las reparaciones necesarias. El ADMINISTRADOR se reserva el derecho de inspeccionar SU VEHÍCULO para evaluar reparaciones cubiertas.
    IV. EXCLUSIONES – LO QUE NO TIENE COBERTURA
1. Cuando lo permitan los requisitos estatales, los siguientes aspectos no están cubiertos (ver requisitos estatales):
  • Daños en un COMPONENTE CUBIERTO causados por el fallo de un componente que esta GARANTÍA no cubre.
  • Reparaciones cubiertas por la garantía original del fabricante, independientemente de si a USTED le transfirieron esa garantía o no. Todo COSTO, reparación, reemplazo o beneficio para el cual el fabricante haya anunciado su responsabilidad a través de algún medio incluyendo recordatorios o boletines de servicio.
  • Reparaciones más allá de las requeridas para corregir una FALLA.
  • Reparaciones cubiertas que NOSOTROS no hayamos autorizado por adelantado.
  • Daños causados por el uso continuo de un VEHÍCULO dañado.
  • Daños causados por remolcar el VEHÍCULO de una manera que no concuerda con las recomendaciones del fabricante.
  • Sobrecarga del VEHÍCULO más allá de la capacidad recomendada por el fabricante.
  • Reparaciones cuando por algún motivo la lectura del odómetro de SU VEHÍCULO no refleja el verdadero millaje que el VEHÍCULO ha recorrido.
  • Una FALLA causada por modificaciones, alteraciones o adiciones a SU VEHÍCULO, a menos que hayan sido realizadas o recomendadas por el fabricante original del VEHÍCULO.
  • Por remolcar un remolque u otro vehículo, a menos que el fabricante haya equipado SU VEHÍCULO para ese propósito.
  • Reparaciones requeridas debido a negligencia de un técnico, sobrecalentamiento, detonación, depósitos de lodo o carbón, contaminación, óxido, corrosión, electrólisis, uso sin los niveles de lubricación o tipo de fluido adecuados y por no realizar el mantenimiento recomendado por el fabricante.
  • Reparaciones realizadas fuera de Puerto Rico.
  • Reparaciones requeridas debido a: fraude, colisión, abuso, negligencia, uso indebido, abuso, peligro en carretera, carreras, uso fuera de carretera, vandalismo, disturbios, robo, inundación, fuego, guerra, desastres naturales o perjuicios normalmente cubiertos por seguros contra accidentes y riesgos diversos.
  • El COSTO de diagnóstico, estimación del costo de reparación, montaje o desmontaje cuando una FALLA no está cubierta por esta GARANTÍA.
  • Reparaciones cubiertas por la garantía de un reparador o la cobertura de otro Acuerdo de prestación de servicios.
  • Daños incidentales o emergentes, lucro cesante, daños a la propiedad, lesiones personales, molestias, pérdida de uso del VEHÍCULO, pérdida comercial, daños punitivos o ejemplares, honorarios de abogados.
  • Ajustes de servicio y limpieza, reprogramación no relacionada con la reparación de una FALLA cubierta, alineación no relacionada con una FALLA cubierta. Carburador y cuerpo de mariposa. Recarga de aire acondicionado, refrigerante, lubricantes, fluidos no relacionados con la reparación de una FALLA cubierta. Baterías, correa dentada, correa/s de transmisión de accesorios, todas las mangueras, todos los filtros, válvula PCV, válvula EGR y sensor de oxígeno. Cables de bujías, tapa del distribuidor, bujías de encendido, bujías de precalentamiento, puesta a punto, escobillas del limpiaparabrisas, sujetadores (a menos que se requieran para la reparación de una FALLA cubierta), neumáticos, ruedas,
Formulario #BAS_PWS_LIFETIME_LWAAO_w/RS Página 3 de 4 REV.7/31/17   balanceo de ruedas, suspensión MacPherson o soportes de suspensión, amortiguadores, pastillas de freno, zapatas de freno, rotores de frenos, tambores de freno, disco de embrague manual / plato de presión, cojinete piloto y de desembrague y cilindro esclavo del embrague, fusibles, bombillas, faros sellados, sistema de escape incluyendo convertidores catalíticos, almacenamiento, cargos de flete, cargos varios, cargos por documentos, cargos por residuos peligrosos, reparaciones para renovar o reemplazar componentes debido al cumplimiento de una ley o legislación.
  • La garantía de mercantibilidad o aptitud para un propósito específico queda expresamente excluida.
  • Los beneficios proporcionados por garantías de concesionarios requeridas por la ley estatal no están cubiertos por este ACUERDO.
2. Siempre que lo permita la legislación estatal, no tenemos obligación en virtud de esta GARANTÍA de proporcionar beneficios o cobertura si:
  • El odómetro del VEHÍCULO no registra el millaje real por algún motivo mientras es de SU propiedad.
  • USTED alquila SU VEHÍCULO a otra persona.
  • SU VEHÍCULO se utiliza para negocios, entregas, construcción, transporte comercial, servicio postal, taxi, policía u otros servicios de emergencia.
  • SU VEHÍCULO se utiliza para quitar nieve, participar en competencias o eventos de velocidad.
  • SU VEHÍCULO fue modificado más allá de las especificaciones originales del fabricante, independientemente de cuándo se efectuó la modificación y quién la efectuó.
  • Se realizaron declaraciones fraudulentas para obtener esta GARANTÍA o para presentar una reclamación en virtud de esta GARANTÍA.
  • SU VEHÍCULO está identificado como un VEHÍCULO del mercado gris, siniestro total, recuperado, reconstruido, dañado por inundación o donde la lectura del odómetro está más allá de los límites mecánicos. LÍMITE DE RESPONSABILIDAD - FALLAS MECÁNICAS CUBIERTAS
    El total de todos los beneficios pagaderos en virtud de este ACUERDO se limitan al valor real en efectivo (ACV, por sus siglas en inglés) del VEHÍCULO en el momento de la pérdida. Para determinar el valor real en efectivo de SU VEHÍCULO se utilizará la guía de autos usados de NADA.
    LIMITACIONES DE LA GARANTÍA IMPLÍCITA Todas las garantías implícitas que puedan surgir en virtud de la legislación estatal, incluyendo todas las garantías implícitas de mercantibilidad o aptitud para un propósito específico, se limitan a la duración de la GARANTÍA y no cubren daños incidentales o emergentes. Algunos estados no permiten limitaciones en cuanto a la duración de una garantía implícita o la exclusión de daños incidentales o emergentes, así que las limitaciones o exclusiones anteriores pueden no aplicarse a USTED. Cuando una FALLA MECÁNICA está cubierta por una póliza de seguro, un contrato de servicio de vehículos, un programa de certificación del fabricante o alguna garantía del fabricante, como una garantía extendida de la transmisión, una garantía de componentes principales, de cobertura total o de reparador, entonces no se aplicará la cobertura. Además, la cobertura en virtud de esta GARANTÍA se limita de manera similar en el caso de una FALLA si el fabricante ha anunciado su responsabilidad a través de algún medio, incluyendo recordatorios públicos y boletines de servicio de la fábrica. La GARANTÍA le otorga a USTED derechos legales específicos. Además, USTED puede tener otros derechos que varían de un estado a otro. ARBITRAJE
    USTED y el ADMINISTRADOR reconocen y acuerdan que las transacciones contempladas en este ACUERDO DE GARANTÍA involucran el comercio interestatal. Sin embargo, a excepción de las materias regidas por la Ley Federal de Arbitraje, este acuerdo se regirá por las leyes del estado en el que estaba ubicado el CONCESIONARIO VENDEDOR al momento de la venta. Cualquier controversia o reclamación relacionada con el acuerdo de servicio extendido o cualquier presunta violación del mismo serán resueltas mediante arbitraje vinculante de acuerdo con las Reglas Uniformes para Arbitrajes de la Oficina de Buenas Prácticas Comerciales. La iniciación del arbitraje puede realizarse mediante una petición escrita de arbitraje o un aviso de intención de arbitrar que USTED o el CONCESIONARIO VENDEDOR entregará a la otra parte. USTED y el CONCESIONARIO VENDEDOR deberán pagar sus propios gastos, incluyendo los honorarios de abogados, y asumirán equitativamente los honorarios y gastos del árbitro. Cualquier tribunal que tenga jurisdicción competente podrá dictar la sentencia sobre el laudo arbitral.
    CANCELACIÓN Y TRANSFERENCIA
    Esta GARANTÍA no es cancelable y es intransferible. 
    DEDUCIBLE: El deducible que USTED debe pagar por visita de reparación son doscientos dólares ($ 200) del costo de reparación de FALLA MECÁNICA cubierta.

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